A través de la Resolución de Superintendencia No. 099-2020/SUNAT, la SUNAT ha modificado los plazos de vencimiento de diversas obligaciones tributarias, tales como la Declaración Jurada Anual 2019, las obligaciones mensuales de febrero a agosto 2020, las fechas máximas de atraso de los Registros de Compras y Ventas electrónicos, entre otros.
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