Cronograma de Obligaciones Tributarias Mensuales

Mediante Resolución de Superintendencia Nº 269-2019/SUNAT, publicada el 28 de diciembre se establecen cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales; así como las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras llevados de forma electrónica, correspondientes al año 2020

En ese sentido, los contribuyentes que tengan como último dígito de RUC el núemero cero (0), serán los que iniciarán el cronograma mensual durante el 2020, de acuerdo con el siguiente cronograma que se encuentra en el Anexo 1 de esta norma.

También se fijan las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras electrónicos, que deberá ser tomado en cuenta para los contribuyentes que se encuentren obligados o voluntariamente lleven sus libros de manera electrónica (Anexo 2) y para los obligados a llevar sus libros de manera electrónica a partir del año 2020 (Anexo 3).

Finalmente, es necesario mencionar que los cronogramas mencionados establecen un vencimiento especial para los Buenos Contribuyentes y las Unidades Ejecutoras del Sector Público (UESP), en donde se reconoce el cumplimiento permanente de sus obligaciones y también se les brinda un mayor número de días para cumplir con presentar sus declaraciones y pagos.

Fuente: Sunat