Actualiza tus datos de contacto en el RUC


La SUNAT continúa con la campaña de actualización de datos de contacto en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), pero ahora apunta a los contribuyentes que formen parte del Régimen General, Régimen MYPE Tributario y Régimen Especial del Impuesto a la Renta.

Estos contribuyentes están obligados a mantener actualizado tanto su correo electrónico como el número de teléfono móvil. Información que les permitirá recibir oportunamente las comunicaciones de interés tributario que envía la SUNAT para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

¿Cómo actualizo mis datos?
El trámite se puede realizar desde SUNAT Virtual, luego debes seguir la siguiente ruta: Mi RUC y otros registros / Actualizo información de mi RUC/ RUC y Formulario 3128, donde corresponde el registro de la información a actualizar.

Luego de actualizar los datos, recibirás un “código de verificación” en tu correo electrónico, el cual deberás utilizar para culminar con el proceso ingresando a SUNAT Operaciones en Línea (SOL).

Es importante registrar el “código de verificación” del correo electrónico actualizado para culminar de manera óptima con el procedimiento.

Asimismo, por tener rentas de tercera categoría, es decir rentas de negocio, es muy posible que el sistema te solicite que confirmes tu número de celular. Si es el mismo número, te llegará un mensaje de texto (SMS) con el código de verificación del teléfono móvil, el cual se debe ingresar de la misma forma que el correo electrónico. Para concluir con el proceso de confirmación, debes seleccionar el botón “Aceptar”. Si no cuenta con esta información, se le sugiere actualizar y confirmar sus datos en SOL.

Los contribuyentes que actualicen sus datos del RUC, recibirán información sobre sus deudas tributarias, alertas sobre el vencimiento de sus obligaciones y/o de sus cuotas de fraccionamiento, información acerca de charlas y eventos especializados, entre otros.

Fuente: Sunat

Datos que necesitas saber sobre el Código de Cuenta Interbancario (CCI)


1- ¿Qué es?
El CCI es un código que permite identificar una cuenta de ahorros dentro del sistema financiero.


2- ¿Para qué sirve?
El código, que consta de 20 dígitos y es único, es necesario para realizar una transferencia entre cuentas de bancos diferentes.


3- ¿Por qué es importante registrarlo o actualizarlo ante la SUNAT?
Su importancia radica en ser una de las formas con las que cuenta la SUNAT para efectuar la devolución de impuestos a través del abono en cuenta. De esta manera, se efectúa directamente el depósito en la cuenta de ahorros del contribuyente.


Además, debemos recordar que el empleador tiene entre sus obligaciones, informar el número de cuenta y el banco en el cual realiza el abono de la remuneración a sus trabajadores, esta información servirá para que la SUNAT, pueda efectuar la devolución que le corresponda al trabajador.


Sin embargo, es necesario precisar que el trabajador también puede informar el Código de Cuenta Interbancaria, con su Clave SOL, a través de SUNAT Virtual o la app Personas SUNAT.

Fuente: Sunat

Declaración sobre Beneficiario Final

Mediante Resolución de Superintendencia N.º 185-2019/SUNAT publicada el 25.09.2019 se estableció la forma, plazo y condiciones para cumplir con la Declaración sobre el Beneficiario Final1, las cuales se detallan en el siguiente esquema:

Asimismo, se establecieron las disposiciones necesarias para que los notarios verifiquen la información que presentan e informen a la SUNAT, el incumplimiento por parte de los sujetos obligados.

Por otro lado, es importante recordar que, en agosto de 2018, a través del Decreto Legislativo N.º 1372 se estableció la obligación de las personas jurídicas y/o entes jurídicos de informar la identificación de sus beneficiarios finales2, esto con el objetivo de fortalecer la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, y la evasión tributaria nacional e internacional y para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de asistencia administrativa mutua en materia tributaria.

Conforme a lo dispuesto en la referida resolución, la presentación de la declaración sobre el beneficiario final se realizará de forma gradual.

Finalmente, se dispone que los notarios públicos tendrán un acceso virtual en SUNAT Operaciones en Línea para que verifiquen si el sujeto obligado cumplió con presentar la declaración. De detectar incumplimiento de la presentación de la declaración, deberán informar a la SUNAT dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente de tomar conocimiento.

1. Beneficiario Final: Es la persona natural que efectiva y finalmente posee o controla personas jurídicas o entes jurídicos.
2. Asimismo, mediante Decreto Supremo N.º 003-2019-EF, se aprobó el reglamento respectivo.

Fuente: Sunat