Convenio Perú–Japón: improcedencia del aplazamiento y fraccionamiento de la asistencia en la recaudación de créditos tributarios

Mediante el Informe No. 000038-2026-SUNAT/7T0000, la SUNAT analiza si el Estado peruano puede otorgar aplazamiento y/o fraccionamiento respecto de deudas tributarias cuya recaudación es solicitada por autoridades tributarias extranjeras en el marco de la asistencia administrativa mutua prevista en el Convenio entre la República del Perú y Japón para evitar la doble tributación.

Desliza para conocer los principales criterios desarrollados por la SUNAT sobre la asistencia administrativa mutua en materia tributaria y los alcances de la cobranza de deudas reclamadas por autoridades extranjeras.